Los socialistas solicitan la devolución del dinero, cobrado desde enero de 2025, a los ciudadanos
REDACCIÓN, 9 DE ABRIL DE 2026.-El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite la denuncia interpuesta por el PSOE de Sanlúcar de Barrameda contra el Ayuntamiento por el cobro de la tasa de basura tras una subida cercana al 50%, pese a que, según sostienen los socialistas, el servicio que justifica dicho incremento no se está prestando.
Sin embargo, la documentación aportada por el grupo municipal socialista señala que el servicio clave que justificaba el incremento —la recogida separada de residuos— no estaba en funcionamiento en el momento en que se inició el cobro, al no haberse adjudicado aún el contrato correspondiente . Esta circunstancia, según la denuncia, implica que la ciudadanía está abonando una tasa por un servicio que no recibe.
Desde el punto de vista jurídico, el escrito presentado por el PSOE sostiene que esta situación podría vulnerar el principio básico que rige las tasas, recogido tanto en la normativa local como en la legislación estatal, según el cual estas deben responder a la prestación efectiva de un servicio. En concreto, se invoca el artículo 24.2 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que establece que el importe de las tasas no puede exceder del coste real o previsible del servicio, ni desvincularse del mismo .
Asimismo, la reclamación plantea que el cobro de la tasa en estas condiciones podría contravenir principios constitucionales como el de igualdad y el de seguridad jurídica. Según se argumenta, la ausencia de una prestación efectiva del servicio y la falta de criterios claros en la aplicación de la tasa pueden generar situaciones de trato desigual entre contribuyentes y un marco de incertidumbre jurídica.
El escrito también alude a la posible nulidad de la aplicación de la tasa, al considerar que se estaría produciendo un cobro por un servicio inexistente, lo que constituiría una actuación administrativa contraria al ordenamiento jurídico .
A estos argumentos se suma la gestión presupuestaria vinculada a los ingresos de la tasa. Según la información recopilada por el PSOE, desde la Delegación de Economía y Hacienda se han aprobado modificaciones presupuestarias mediante transferencias de crédito desde partidas destinadas a financiar el servicio de recogida separada hacia otras que no guardan relación con dicho servicio.
Este hecho refuerza, según la denuncia, la tesis de que los ingresos obtenidos con la subida de la tasa no se están empleando en su finalidad específica.
Cabe recordar que el grupo municipal socialista ya presentó una reclamación previa ante el Ayuntamiento solicitando la suspensión de la aplicación de la tasa y la devolución de las cantidades cobradas desde enero de 2025, al entender que el servicio no se ha prestado en los términos que justificaron su incremento.
La admisión a trámite por parte del TSJA no implica un pronunciamiento sobre el fondo del asunto, pero sí supone que el alto tribunal andaluz analizará la legalidad del cobro de esta tasa, abriendo un procedimiento judicial que deberá determinar si la actuación municipal se ajusta a derecho.













